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El nueve de septiembre de 2019, María Elena Ríos, “Malena”, una mujer saxofonista con una prometedora carrera en la música, fue atacada por tres hombres en su casa, en la comunidad de Huajuapan de León; los sujetos le lanzaron ácido sulfúrico, sustancia que le provocó quemaduras de segundo y tercer grado en el 80% de su cuerpo.

Los tres sujetos presuntamente fueron contratados por quien era pareja de Malena, un político oaxaqueño, Juan Antonio “N”, para atacarla cuando ella decidió terminar la relación. Desde entonces, Malena se ha dedicado al activismo para denunciar a su agresor y promover una vida libre de violencia para las mujeres.

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La diputada Jazmín Solano López presentó este jueves en sesión ordinaria, iniciativa para establecer en Morelos la “Ley Malena”, que introduce el concepto de Violencia Ácida, mediante reformas al Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ambos del estado de Morelos.

En su documento, la representante del V Distrito Electoral Local precisó que la «Ley Malena» lleva este nombre justamente por María Elena Ríos.

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“Como mujer y legisladora integrante de la Comisión de Igualdad de Género del Congreso, es un deber ser sorora con este tipo de problemáticas que sufren las mujeres a manos de la violencia machista que aún persiste”, enfatizó Jazmín Solano.

La propuesta de la legisladora busca garantizar a las mujeres de Morelos y personas de la diversidad sexual una vida libre de violencia; prevenir e inhibir conductas ilícitas que dañen la salud y la integridad física de las mujeres imponiendo penas severas a quienes pretendan cometer el delito de violencia ácida.

También tiene como propósito visibilizar esta violencia como una conducta ilícita que debe ser reportada y registrada por las autoridades sanitarias públicas y privadas mediante informe a las autoridades, así como promover un clima de paz y seguridad.

La iniciativa de la diputada Jazmín Solano es para un tipo penal autónomo que agregue al Código Penal local un capítulo adicional denominado «LESIONES POR ATAQUES CON ÁCIDO, SUSTANCIAS QUÍMICAS O CORROSIVAS» donde se describe el tipo penal y se identifican las penas por su comisión, con la particularidad de que agrega que este delito, además de infringirse en contra de mujeres, se puede cometer en contra de personas trans.

En tanto, que se introduce el concepto de Violencia ácida como aquella que causa daño en la salud o integridad física de una mujer o persona trans, por medio del empleo de ácido o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia que provoca lesiones internas, externas, o ambas, en razón de género, con el fin de causar de forma deliberada y permanente dolor, sufrimiento y humillación a la mujer, además de provocar daño físico, psicológico y emocional irreversible.

La Jornada Morelos