Con 14 votos a favor, el Pleno del Congreso del estado aprobó el Decreto de observaciones a su Similar 1103 de retiro voluntario de las Magistradas y Magistrados de los Tribunales que integran el Poder Judicial y el Tribunal de Justicia Administrativa del estado, remitido a la LV Legislatura por el Poder Ejecutivo, y lo devolvió a éste para su publicación a la brevedad.
Con el dictamen emanado de la Comisión de Justicia, Derechos Humanos y Atención a Víctimas, y avalado por los legisladores, el Congreso aceptó parcialmente las observaciones y señaló que las obligaciones financieras derivadas de las pensiones no rebasarán el 4.7% del presupuesto estatal que garantiza la autonomía del TSJ y, en su caso, será el Poder Legislativo dentro de sus atribuciones el que determine otorgarle o no una cantidad mayor.
Aclaró que el decreto indica reglas para determinar las pensiones y con ello cumple con lo establecido en la Ley; que el haber de retiro establecido para los magistrados tiene vigencia hasta el 2015 y no puede aplicarse retroactivamente en su perjuicio.
Finalmente, respecto a evitar establecer condiciones de privilegio para las y los magistrados que optaran por su retiro anticipado, se establecerá, además de los años de servicio una edad mínima de 55 años.