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Relación Gobierno – Pueblos Indígenas: Fortalecimiento de SNI[1] o control político.

Programa Federal: FAIS-Componente Indígena

(Primera parte)

 

“… hablar del reconocimiento legal y la vigencia de los sistemas normativos indígenas implica también ser coherente con las demandas y alcances que se derivan del derecho a la autodeterminación de los pueblos y comunidades indígenas.”[2]

ONU-México (2008)

“La asamblea general comunitaria…, de cualquier pueblo o comunidad indígena… es la máxima autoridad, a través de la cual se determina la validez y vigencia de sus propias normas y procedimientos.” [3]

TEPJF (2019)

Existe el compromiso, manifestado por la Presidenta Claudia Sheinbaum y la Gobernadora Margarita González, de escuchar y atender las demandas históricas de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, respetando su autonomía y su cultura. Esta decisión implica, como lo he expresado en artículos anteriores, el establecimiento de una nueva relación entre el Estado y el México indígena, ¿cómo lograrlo? ¿cómo vencer los obstáculos que el propio sistema económico y de gobierno nos impone? ¿qué acciones y estrategias se están implementando?

Propongo a quien esto lee, reflexionar sobre los programas, estrategias y acciones que la presidenta Claudia y la Gobernadora Margarita han diseñado he implementado para cumplir lo prometido a los pueblos indígenas y afromexicano. Centraré mi reflexión sobre 3 programas uno federal que abordo en esta primera parte y dos estatales que trataré en la segunda parte de este escrito.

Programa Federal: FAIS-Componente Indígena.

El Fondo de Aportaciones para la infraestructura social (FAIS), es utilizado por las entidades federativas y los municipios para financiar obras y acciones de infraestructura social básica: agua potable, electricidad, caminos, escuelas y hospitales básicos, mejoramiento de vivienda y urbanización en beneficio de la población que vive en pobreza o pobreza extrema.

El monto del FAIS para 2025 asciende a $ 123 742 791 935 (ciento veintitrés mil setecientos cuarenta y dos millones, setecientos noventa y un mil novecientos treinta y cinco pesos). El 16 de enero de este año, convocados por la Presidenta Claudia, se firmó un convenio entre la federación y los gobiernos estatales, que establece la creación del Componente Indígena del FAIS al que se asigna por lo menos el 10 % del fondo total del FAIS, ascendiendo esta cantidad a $ 12,374,279,195 (doce mil trescientos setenta y cuatro millones doscientos setenta y nueve mil ciento noventa y cinco pesos).

El gobierno federal parte de una idea fundamental que comparto totalmente: “La consolidación del Estado de Bienestar sólo es posible si se saldan las deudas históricas con los pueblos que son el México profundo. … no solo (se) busca mejorar las condiciones de vida en las comunidades y pueblos indígenas y afromexicanas, sino también fortalecer su derecho a decidir sobre su propio desarrollo.”

Es verosímil que la Presidenta Claudia y la Secretaria de Bienestar Adriana Montiel, hayan analizado las demandas y experiencias de las comunidades indígenas, principalmente las purépechas de Michoacán, en su lucha por el respeto a su derecho a la autodeterminación y a sus formas de organización y convivencia internas y su exigencia para acceder de forma directa al presupuesto público que por justicia les corresponde. Lucha que fue exitosa, después de 14 años, y se concreta en diciembre de 2024 en la reforma a la Constitución del Estado de Michoacán y en los avances normativos y operativos logrados.

La Secretaría de Bienestar emitió, el 13 de marzo pasado, un acuerdo con los lineamientos del FAIS-componente indígena, en éstos se detallan el objetivo, la población indígena a la que va dirigido, la forma de dispersión de los recursos a las comunidades, los requisitos que se deben cumplir para que la comunidad reciba los recursos, en qué rubros se pueden utilizar estos recursos, la estrategia operativa, entre otros puntos.[4]

El Programa FAIS-componente indígena no sólo entrega de forma directa el presupuesto a cada una de las 20,324 comunidades indígenas y afromexicanas en 28 entidades del país[5], sino además comprende una estrategia operativa que respeta y fortalece la Asamblea Comunitaria y las formas de organización de cada comunidad. Destaco lo siguiente:

  • Se establece una relación directa entre cada comunidad y la Secretaría de Bienestar Federal, responsable de operar y dar seguimiento al programa. No intervienen ni el gobierno estatal, ni el municipal, tampoco el INPI.
  • Cada una de las comunidades tendrá que llevar a cabo una asamblea comunitaria dentro de un período prestablecido, con dos propósitos: presentar las necesidades de infraestructura que tiene la comunidad y elegir a los integrantes de un Consejo de Administración y un Consejo de Vigilancia con un mínimo de 5 integrantes cada uno. Las funciones de éstos están definidas en los lineamientos.
  • Definido por la Asamblea Comunitaria el uso que se dará a los recursos, los comités administrarán y darán seguimiento a la obra y al uso de los recursos de acuerdo con sus funciones y la normatividad determinada. Informarán de forma transparente a la Asamblea y a la Secretaría de Bienestar.

Como se aprecia, este programa propicia el ejercicio de varios de los derechos indígenas establecidos en el artículo 2º Constitucional y fortalece los Sistemas Normativos Internos al propiciar su funcionamiento con autonomía.

*Académica y expresidenta del IMPEPAC (2014-2020)

  1. Sistemas Normativos Indígenas.

  2. El reconocimiento legal y vigencia de los Sistemas Normativos Indígenas en México. Publicado en 2008 por: Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

  3. En la sentencia ST-JDC-144/2019, ST-JDC-145/2019 y acumulado, del Tribunal Eectoral del Poder Judicial de la Federación.

  4. Consultar los lineamientos en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/984032/2025_03_13_Lineamientos_componente_ind_gena.pdf

  5. Seleccionadas a partir de datos proporcionados por el INPI, INEGI, CONEVAL Y BIENESTAR https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/984033/2025_03_13_Variables_componente_ind_gena.pdf

Ana Isabel León Trueba