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Gabriela Mendizábal Bermúdez* y Anthony Joab Olivera**


El suicidio es un fenómeno que se ha presentado a lo largo de la historia, pero nunca había sido tan común como ahora. El próximo martes, 10 de septiembre se reconocerá -como cada año- el día mundial para la prevención del suicidio. Por ejemplo, en México la tasa de suicido, según el comunicado del INEGI del 2023 sobre el suicidio, ha tenido una tendencia en aumento desde el 2017, en el cual se contabilizaron 6,494 episodios. Para el 2022, la última cifra obtenida, el número aumentó a 8,123 casos.

Dicho comunicado informó que para el 2022 las cifras más altas se encontraron en los individuos entre 20 y 34 años; de la cual los grupos con mayor incidencia fueron de 25 a 29 años con 11.6 por cada 100 mil habitantes y el grupo de 30 a 34 años, con 11 por cada 100 mil habitantes. Estas cifras nos revelan que el principal grupo etario en cometer suicidio es la población joven.

El suicidio suele estar asociado con la depresión, una condición que a menudo se minimiza debido a su estigma. Aunque la Organización Mundial de la Salud reconoce la depresión como una enfermedad influenciada por factores genéticos, ambientales y psicológicos, muchas personas aún la subestiman.

Lo cierto es que la vulnerabilidad incrementa el riesgo de desarrollar depresión y el suicidio. Un ejemplo de este grupo vulnerable son las y los trabajadores, los cuales no sólo están expuestos a condiciones de trabajo precarias, como bajos sueldos sin prestaciones laborales, sino que tienen sus propias experiencias internas, como pensamientos negativos, insatisfacción con su situación económica o doméstica, así como enfermedades crónicas, que se suman a factores laborales del entorno, muchas veces tóxicos, como puede ser el estrés o el acoso laboral. Por sí mismas estás situaciones resultan difíciles, pero la conjunción de varias es casi insostenible.

Por lo que el tema del suicidio en los trabajadores debe ser tomado con mayor seriedad. Ya que el trabajo no sólo funciona como un medio de vida, también brinda un sentido de confianza, de propósito y logros, también una cohesión social y relaciones positivas. Sin mencionar que la mayor parte del día de las personas transcurre en su trabajo. Aun así, el suicidio no es contado como un riesgo de trabajo dentro de la legislación mexicana y no existen estadísticas claras sobre su correlación.

Una de las razones principales de esta omisión, es que las leyes, como Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Ley del Seguro Social, vuelven responsables a los empleadores únicamente por la seguridad, salud y accidentes laborales de los trabajadores, sin referirse de manera directa al suicidio como un riesgo laboral.

Por ejemplo, en el artículo 488 párrafo IV de la LFT, se menciona que el patrón queda deslindado de obligaciones en caso de presentarse un intento de suicidio por parte del trabajador; igualmente, el artículo 46 párrafo IV de la LSS, no considera al intento de suicidio como un riesgo de trabajo. Esto significa que la postura oficial no sólo intenta deslinarse de este riesgo de trabajo que cada vez es más recurrente, sino que indirectamente, al no recolectar datos confiables, lo invisibiliza.

La actual legislación demerita la relación que tiene el suicidio con el trabajo, es decir el binomio: causa-efecto, como si la actividad laboral no tuviera una repercusión directa en las y los trabajadores. Desviar la atención de la precariedad salarial, sobrecarga laboral, el estrés crónico que generan largas jornadas, sumando ansiedad y depresión, son ejemplos cotidianos que impactan y tienen consecuencias psicológicas en las personas.

El suicidio, así como como su intento, que cuando tienen relación causa-efecto, es un riesgo de trabajo omitido que sufren los trabajadores y que no está previsto en la ley. Hasta la fecha, no se puede hablar de cifras exactas relacionadas directamente entre el trabajo y el suicidio en México, no porque no existan, sino porque no hay un interés patente por visibilizarlas oficialmente, haciendo que el culpable de una muerte silenciosa recaiga en el propio trabajador. El suicidio de un trabajador siempre deja a una familia doliente, cuyas necesidades deben ser satisfechas por la seguridad social a través de pensiones por orfandad y viudez y atención médica.

*Profesora Investigadora de Tiempo Completo de la FDYCS de la UAEM.

**Aspirante a la Maestría en Derecho de la FDYCS de la UAEM.