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De acuerdo con el artículo 2 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (ONU, 2006) la desaparición forzada consiste en “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.” Esta práctica es una grave violación a los derechos humanos que deja a la víctima fuera de la protección de la ley y causa un sufrimiento irreparable a sus familiares.

Pese a los compromisos asumidos a nivel internacional, en México la desaparición de personas se extiende a lo largo y ancho del país como una sombra que persiste y que cada vez mayormente visible. Más de 127,800 personas permanecen desaparecidas o no localizadas en el territorio mexicano según las cifras oficiales hasta mayo de 2025 del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO). Este dato es alarmante toda vez que da cuenta de una crisis humanitaria prolongada y de la persistencia de patrones sistemáticos de violencia, colusión institucional, impunidad y desinterés que han impedido avanzar en la verdad, la justicia y la reparación integral. El fenómeno de la desaparición incluye tanto las cometidas por agentes del Estado, como aquellas perpetradas por particulares, muchas veces con el asentimiento, tolerancia o participación indirecta de autoridades, sin embargo, más allá del origen, se trata de una grave vulneración de derechos fundamentales que exige un abordaje integral.

A pesar de los avances normativos como la promulgación de la Ley General en Materia de Desaparición de Personas en 2017 y la creación del Sistema Nacional de Búsqueda, la realidad es que los instrumentos legales han sido insuficientes. En los hechos persisten múltiples obstáculos: fiscalías sin personal capacitado, escasez de recursos, descoordinación entre instancias, ausencia de investigaciones con perspectiva de derechos humanos y una emergencia forense toda vez que a septiembre de 2024 se reportaron 72,100 cuerpos sin identificar en servicios médicos forenses (Sistema integral de Información en Derechos Humanos del Centro Prodh, 2024). México enfrenta una crisis de identificación forense sin precedentes, agravada por la falta de personal especializado, infraestructura adecuada y voluntad política para priorizar el tema.

Por otra parte, la impunidad es otro factor estructural. El reducido número de sentencias condenatorias por desaparición forzada y cometida por particulares, resulta insultante frente a miles de denuncias presentadas y, por tanto, mientras no haya consecuencias para quienes cometen o encubren estos crímenes, la repetición de los hechos continuará y se acrecentará.

En enero de 2025 se celebró en Ginebra, Suiza, el Primer Congreso Mundial sobre Desapariciones Forzadas (WCED) donde el embajador y representante adjunto de México ante las Naciones Unidas, señaló que la búsqueda de personas es una prioridad para el gobierno mexicano, así como los compromisos para fortalecer la estrategia nacional de identificación humana con herramientas tecnológicas, mejorar la coordinación interinstitucional mediante la armonización del marco jurídico y garantizar la participación de las familias en los procesos de búsqueda. (Naciones Unidas México, Febrero 2025). Aun con lo anterior, el Presidente de Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU “anunció públicamente todas las decisiones adoptadas por el Comité durante ese período de sesiones. En este contexto, explicó que el Comité había decidido activar el procedimiento del artículo 34 de la Convención con respecto a la situación de México”, el cual dispone que “si el Comité recibe información que, a su juicio, contiene indicios bien fundados de que la desaparición forzada se practica de forma generalizada o sistemática en el territorio bajo la jurisdicción de un Estado Parte, y tras haber solicitado del Estado Parte, toda la información pertinente sobre esa situación, podrá llevar la cuestión, con carácter urgente, a la consideración de la Asamblea General de las Naciones Unidas, por medio del Secretario General de las Naciones Unidas” (Oficina del Alto Comisionado, México. Abril 2025).

Ante la decisión del Comité, la respuesta del gobierno mexicano no se hizo esperar y se dijo que: “En México no hay desaparición forzada desde el Estado, toda la vida luchamos contra eso; eso no existe en México. Hay un fenómeno de desaparición vinculada con la delincuencia organizada, […] pero no es desaparición perpetrada desde el Estado”. (Versión estenográfica. Conferencia de prensa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo del 8 de abril de 2025).

El discurso oficial parece más interesado en deslindarse de la problemática en materia de derechos humanos, al negar la responsabilidad en un contexto en el que persisten patrones sistemáticos de colusión, omisión y permisividad institucional; resulta profundamente ofensivo y contrario a asumir con seriedad su responsabilidad para identificar las fallas estructurales que permiten, facilitan o toleran tales circunstancias.

Hablar de desapariciones en México, implica reconocer una herida que cada vez es más profunda y aberrante, son vidas arrancadas y familias marcadas por el abandono institucional, por ello la intervención de la ONU es un llamado de apoyo para la toma de consciencia y construcción de una política con enfoque sensible en derechos humanos, centrada en las víctimas, con los recursos suficientes, una articulación real entre las autoridades y la inclusión de tecnologías de punta.

El derecho a la verdad reconocido en diversos tratados internacionales no puede ser una promesa vana o vacía, la justicia y la memoria no pueden ser borradas por miedo. El gobierno mexicano debe asumir su responsabilidad histórica y responder con fuerza y constancia, combatir la impunidad, identificar y sancionar a los perpetradores, así como garantizar la no repetición. La esperanza debe ser una tarea colectiva, impulsada por un Estado que actúe, repare y transforme.

* Profesor universitario y especialista en derechos humanos

Ismael Eslava Pérez