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Presupuestos públicos, comunidades indígenas y economía solidaria

Juan Manuel Ortega Maldonado*

El pasado 13 de marzo se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del componente indígena del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social y también el Acuerdo por el que se dan a conocer las variables y fuentes de información para la aplicación de la fórmula de distribución del componente indígena del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para el ejercicio fiscal 2025, que no es otra cosa que la relación de comunidades indígenas que serán apoyadas con recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social.

En esa relación aparecen listadas 67 comunidades de Estado de Morelos y, aunque hay sorpresas al no haberse incluido algunas comunidades claramente identificadas dentro de zonas en pobreza extrema (como Cuentepec, en Temixco), lo cierto es que se trata de un paso importantísimo hacia la libre determinación y autonomía presupuestal de las comunidades indígenas en nuestro Estado.

Debemos tener presente que no hay derechos humanos sin presupuestos públicos. Estas asignaciones deben ser ejercitadas en forma directa por las comunidades y destinadas a obras de infraestructura básica, como agua potable, alcantarillado, alumbrado público, etcétera.

Pero vayamos despacio. Lo primero es apuntar que el artículo 2° constitucional establece que las comunidades indígenas y afromexicanas deben recibir de la federación, del Estado y del municipio donde residan recursos presupuestales para ser administrados directamente por estas comunidades. La Constitución establece que ese reparto debe considerar criterios de proporcionalidad, equidad, compensación y justicia.

Pues bien, los Lineamientos del componente indígena del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social establecen que serán las asambleas comunitarias las que decidan la forma de aplicar esos recursos, creando dos tipos de comités: un Comité de Administración y un Comité de Vigilancia.

Lo interesante del asunto, —que por cierto no se destaca en las consideraciones de los Decretos antes referidos—, es que, a través de estos Lineamientos, por primera vez en la historia nacional, todas las comunidades beneficiadas se verán en la necesidad de aplicar principios de economía solidaria, porque el recurso que se les asigna deben aplicarlo en beneficio de la comunidad priorizando la solidaridad con los más vulnerables.

Este primer ejercicio será, sin duda, un parteaguas en la historia de la economía solidaria, dado que, a partir de ahora, cualquier decisión económica que tomen las comunidades, será siempre considerando valores como la solidaridad, el apoyo mutuo, la equidad, la cooperación, la sostenibilidad, la redistribución de la riqueza y el compromiso con el entorno.

Resta saber si la Hacienda Pública estatal y la de los municipios replicarán esta posición y si, en su caso, también exigirán principios de economía solidaria a la hora del reparto de los recursos presupuestales.

* Profesor investigador en la UAEM. Miembro del NODESS Morelos solidario y Cooperativo

La Jornada Morelos