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Carlos Quintero J. 

La Sala Auxiliar del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del Estado ratificó el fallo emitido por un Juez Especializado de Ejecución, quien calificó de ilegal el traslado realizado por la Dirección General de Centros Penitenciarios de 17 mujeres privadas de su libertad del Centro de Reinserción Social (CERESO) Morelos, al Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) No. 16.

El 13 de febrero de 2022, el Juez Especializado de Ejecución, Alejandro Becerra Arroyo, recibió la queja presentada por 17 mujeres privadas de su libertad en el penal de Atlacholoaya, quienes denunciaron la actuación ilegal de las autoridades penitenciarias al reubicarlas en contra de su voluntad en un penal federal.

La autoridad penitenciaria argumentó que el grupo de mujeres internas representaba un riesgo para la seguridad interna y la gobernabilidad del penal, por lo que había decidido trasladarlas a un penal federal sin otra justificación, basándose únicamente en un dictamen emitido por el mismo centro penitenciario.

El Juez Alejandro Becerra calificó el traslado como ilegal y ordenó el retorno inmediato de las mujeres a Atlacholoaya. Sin embargo, la autoridad penitenciaria interpuso un recurso de apelación que recibió la Sala Auxiliar, conformada por la Magistrada Bertha Rendón Montealegre y los Magistrados Juan Emilio Elizalde Figueroa y Norberto Calderón Ocampo.

Las autoridades judiciales determinaron que la autoridad penitenciaria debe respetar el derecho de las mujeres privadas de libertad a cumplir su pena cerca de sus domicilios, para poder mantener contacto con sus familias, tal como lo establece el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

En la audiencia celebrada el martes 23 de mayo, el Tribunal de Alzada ratificó la sentencia de Alejandro Becerra, ya que no se encontraron causas que justificaran el traslado, como un motín o algún antecedente de mala conducta.

Cabe destacar que durante la actual administración, la autoridad penitenciaria ha incurrido en una serie de violaciones a los derechos humanos de las personas privadas de su libertad, entre las que se incluyen otros traslados ilegales.

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