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El periódico oficial “Tierra y Libertad” publicó el ordenamiento que obliga a las autoridades municipales y estatales a “establecer medidas de protección a niñas, niños y adolescentes indígenas y afromexicanos que por razones de riesgo hayan sido desplazados de su comunidad, protegiendo su lengua, vestimenta o manifestaciones culturales”.

En su número 6421 el órgano oficial del gobierno de Morelos incluyó el decreto 100 “Por el que se adiciona la fracción XV al artículo 77 de la Ley de los derechos de las niñas, niños y adolescentes del Estado de Morelos” que busca garantizar que en los actos de autoridad se establezcan medidas de protección a niñas niños y adolescentes, incluidos los que pertenecen a etnias indígenas y afrodescendientes que vivan en Morelos a razón de haber sido desplazados.

La iniciadora del proyecto legislativo, diputada Guillermina Maya (Morena), planteó en los antecedentes que “los desplazamientos de la comunidad indígena por razones de riesgo son derivados a amenazas, violencia, conflictos armados, ocupación de sus tierras y otros factores”, y recuerda que en México el desplazamiento interno inició en la década de los setenta, aunque el gobierno lo reconoció oficialmente hasta el 2019.

La diputada asegura que “en México, el número acumulado estimado de niños, niñas y adolescentes desplazados por el conflicto y la violencia al cierre de 2019 fue de 107,000 de acuerdo con cifras del Observatorio de desplazamiento interno”, y refiere que más del 40% de los desplazamientos forzados fueron de comunidades indígenas.

“Este impacto desproporcionado en sus derechos se debe a su situación general de vulnerabilidad, el grado de marginación en que se encuentran, la falta de acceso culturalmente adecuado a los mecanismos de protección existente, el racismo estructural, falta de contactos y alejamiento de los medios y las autoridades. Por ello muchas comunidades indígenas víctimas del desplazamiento interno se han organizado para la protección de su territorio y sus comunidades, a través del fortalecimiento de sus autoridades comunitarias, medidas de protección y acciones de denuncia ante situaciones de violencia. Estas acciones han generado agresiones a los liderazgos indígenas”, asegura la legisladora.

Añade que “los afrodescendientes pueden sufrir formas múltiples y agravadas de discriminación por otros motivos, como la edad, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otro tipo, el origen social, el patrimonio, la discapacidad, el nacimiento u otra condición”.

Así, la propuesta adiciona una fracción XV el artículo 77 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Morelos, para quedar como sigue:

“Artículo 77.- Las autoridades estatales y municipales, que sustancien procedimientos de carácter jurisdiccional o administrativo o que realicen cualquier acto de autoridad en los que estén relacionados niñas, niños o adolescentes, de conformidad con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y grado de madurez estarán obligadas a observar, cuando menos a:’

I a XIV.- …’

XV.- Establecer medidas de protección a niñas, niños y adolescentes indígenas y afromexicanos que por razones de riesgo hayan sido desplazados de su comunidad, protegiendo su lengua, vestimenta o manifestaciones culturales”.

El decreto entró en vigor este 1 de mayo.

La Jornada Morelos