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Autoridades del Sistema de Administración Tributaria (SAT) advirtieron de sanciones para los contribuyentes que no activen el Buzón Tributario, una nueva herramienta que facilita la comunicación entre la institución y los ciudadanos.

Si bien se trata de un servicio que ofrece el SAT para que los contribuyentes puedan realizar trámites, presentar promociones, depositar información o documentación, atender requerimientos y obtener respuestas a sus dudas, a partir del 1 de enero del 2025 deberán contar con dicha herramienta, la cual debe mantener los datos actualizados, no se descartan sanciones a quienes no lo instalen.

“De acuerdo con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la infracción en materia de no habilitación del Buzón Tributario, no registro o no actualización de los medios de contacto, se impondrá una multa de 3 mil 850 pesos a $11mil 549 pesos,” informó el SAT.

Requisitos y pasos para habilitar el Buzón Tributario:

 

Requisitos: e.firma, correo electrónico y número de teléfono.

Personas físicas tienen la posibilidad de optar por lae.firma, la e.firma portable o su contraseña.

 

Pasos:

1. Ingresar al portal del SAT y da clic en «Buzón Tributario», situado en la parte superior derecha.

2. Accede con tu e.firma o contraseña y dirígete a «Configuración».

 

3. Llena el formulario registrando tu correo y teléfono.

 

Y listo, tendrás 72 horas para confirmar los medios de contacto:

 

Para el correo, te enviarán un enlace para verificación.

Para tu número, te enviarán un mensaje de texto SMS con un código que deberás ingresar en «Configuración» de tu Buzón Tributario.

Angélica Estrada