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Una de las más graves quejas ciudadanas en Morelos es la evidente falta del orden más elemental en la operación de negocios, el tránsito en las calles, el depósito de desperdicios, la atención del gobierno a las demandas sociales, entre otros problemas que inciden en la adecuada convivencia social.

La tendencia jurídica de la ampliación de los derechos, mecanismo con el que operan las democracias modernas, no tendría que significar la promoción del caos en las ciudades, mucho menos cuanto tales desórdenes significan un riesgo para las garantías individuales.

Los operativos de revisión y clausura de bares y comercios de riesgo, como los de alcoholemia que han emprendido ayuntamientos de diversos municipios en Morelos, tienen como objetivo primordial mantener el orden y proteger a toda la sociedad de los abusos de algunos y los riesgos que provocan. Pero las acciones de tribunales parecen impedir el restablecimiento de ese orden social y con ello arriesgan a muchos inocentes.

La concesión de amparos contra la clausura de antros, la cancelación de multas aplicadas a conductores que exceden el límite permitido de alcohol en la sangre, derivan de presuntas irregularidades en los procesos de sanción a quienes operan en la ilegalidad. En ese sentido, podría concederse que otorgar medidas de protección a los afectados por las sanciones o por la mera probabilidad de ellas, contribuye a preservar el Estado de Derecho.

Sin embargo, lo que realmente ocurre es que los juzgadores premian con protección a quienes cometen faltas administrativas (conductas antisociales) que pueden derivar en la comisión de delitos contra la sociedad.

La operación en la clandestinidad de antros que carecen de medidas de protección civil y sirven bebidas embriagantes a menores de edad representa un riesgo para sus trabajadores, clientes y vecinos. La cotidianeidad con que ocurren hechos de violencia en esos negocios o su periferia resulta alarmante, y los propietarios de estos lugares son, en alguna medida, corresponsables al no brindar ellos una protección siquiera cercana a la que obtienen de los juzgados que los amparan para seguir funcionando en la ilegalidad.

En paralelo, la cancelación de multas y costos de arrastre a quienes son detenidos en operativos de alcoholemia impide que las sanciones tengan el efecto inhibitorio de la conducta de alto riesgo, objetivo fundamental en el diseño del programa. Es decir, los conductores no tienen tanto temor de ser sancionados por conducir bajo los efectos del alcohol y entonces el índice de accidentes viales provocados por conductores ebrios no se reducirá en la medida que se esperaría.

Es deseable pedir a los ayuntamientos mayor respeto a los derechos humanos, pero también a los juzgadores revisar que la protección a algunos no signifique el aumento de riesgos para todos.