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Luis Raúl González Pérez

El pasado 5 de febrero celebramos el 106 aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La ocasión invita a reflexionar sobre su significado, su funcionalidad y su futuro.

Entre los aspectos a destacar de la Constitución de 1917 se encuentra que, para beneficio de las personas, abrió la puerta al reconocimiento de derechos sociales y años después se fueron reconociendo muchos más, con el propósito respetar la dignidad humana y lograr la justicia social, motivo por el que se consideró como un texto de vanguardia. Por ejemplo, el texto original refrendo la educación laica y obligatoria, la prohibición de la esclavitud y la tortura, eliminó la pena de muerte para delitos políticos, se puso énfasis en los derechos laborales, la libertad de expresión y prensa, se reiteró el derecho de asociación y reunión, entre otros.

Como evolución progresiva del reconocimiento de los derechos en la Constitución podemos señalar: la declaración de la composición pluricultural de la nación y la enumeración de los derechos de los pueblos indígenas; a la educación, a la “alimentación nutritiva, suficiente y de calidad”, a una “vivienda digna y decorosa”, a la protección de la salud, derecho al agua, a un medio ambiente sano, el acceso a la cultura, a la seguridad social, y, en general, los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Es así como la decisión política fundamental del ser humano, como centro de atención del Estado, que se perfiló en 1917 se ha fortalecido con las numerosas reformas constitucionales que han permitido ingresar nuevos derechos con idéntico objetivo tutelar.

No podemos desconocer que actualmente México afronta desigualdad, pobreza, desempleo, insuficiencia salarial, defectos en la educación, déficit en la atención de la salud y vivienda. Ante este panorama no es fácil hablar del imperio de los derechos humanos, de la democracia o del Estado de Derecho en semejantes condiciones. Tampoco podemos dejar de reconocer que existen graves déficits en inseguridad, violencia, impunidad, corrupción, procuración e impartición de justicia; es decir, aún estamos lejos de una democracia en los términos que la define el artículo tercero constitucional, inciso II, apartado a), que considera a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.

Ante este panorama es necesario preguntarse por la eficacia misma de los derechos humanos, su vigencia auténtica en la vida individual y social, cuando forman parte de solemnes textos declarativos, en tanto subsisten desigualdades abismales, principalmente en lo económico, que afectan a gran número de personas. Urge una reflexión sería sobre la capacidad de la Constitución y las leyes para resolver problemas y transformar la realidad, aunado al enfoque para el diseño de políticas públicas de desarrollo social. Es decir, el planteamiento debe ser reconocer a las personas como sujetos con derechos que pueden demandar su cumplimiento, no ha personas con necesidades que deben ser asistidas.

El cumplimiento real y efectivo de los derechos económicos, sociales y políticos, implica, entre otras cuestiones, la necesidad de disponer de importantes recursos económicos y de su adecuada orientación social para crear las condiciones de tutela efectiva que algunos de ellos plantean. Es indispensable que los presupuestos se elaboren colocando en el centro del valor público a los derechos humanos y sean éstos los que definan las directrices para los objetivos del gobierno.

Reiteramos, no es suficiente reconocer normativamente los derechos humanos y que se creen instituciones para su protección. Un desafío enorme es materializar los avances constitucionales en la vida diaria de las personas, especialmente de aquellas que son discriminadas, excluidas y víctimas de abusos, a través de un esfuerzo colectivo para enfrentar los diversos problemas que padecemos, generando las condiciones adecuadas para su atención.

Lo anterior plantea que no podemos vernos en la paradoja de haber progresado en garantizar jurídicamente derechos fundamentales y que después no podamos darles vigencia y vivir un verdadero Estado Democrático de Derecho. No es posible que se reformen la Constitución y las leyes sin la pertinente prospectiva de su cumplimiento.

En la conmemoración de un aniversario más de la Constitución de 1917, dejemos atrás la división y polarización, enfrentamos el reto y aprovechemos la oportunidad de contribuir a que el compromiso que como Nación asumimos a favor de los derechos humanos se materialice en beneficio de todos en un verdadero Estado democrático y social de derecho, que proteja y haga efectivos los derechos de laspersonas propiciando que accedan a mejores niveles de vida contando con condiciones para un desarrollo más pleno e integral.

La fecha también debe llevarnos a la exigencia de que el poder público está al servicio de la población, su propia garantía debe ser la efectividad de los controles políticos como la distribución de poderes que visualizó Montesquieu, que eviten la arbitrariedad por la excesiva concentración del poder mismo.

                           

 

                                                                               *Especialista en Derechos Humanos

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