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México experimenta una realidad caracterizada por altos niveles de violencia, inseguridad, corrupción e impunidad que afectan las libertades fundamentales de las personas, propician descomposición social, limitan las posibilidades de desarrollo de comunidades completas y debilitan el Estado Democrático y Constitucional de Derecho en diversas regiones del país. En medio de esta crisis, la situación de los derechos humanos en el país fue materia de una cuarta revisión (2018-2023) el 24 de enero de 2024 en el Mecanismo de Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) durante su 45° período de sesiones. Veamos brevemente en qué consiste esa revisión.

Al crearse el Consejo de Derechos Humanos de la ONU (CDH-ONU) mediante resolución 60/251 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 15 de marzo de 2006, como instancia responsable de promover el respeto y protección de los derechos humanos de todas las personas, se previó la realización de un examen periódico sobre el cumplimiento por cada Estado de sus obligaciones y compromisos en materia de derechos humanos, incluyendo el compartir buenas prácticas en la materia, a fin de mejorar la situación de los derechos y libertades fundamentales en todos los países, analizar violaciones de derechos humanos donde se presenten y proporcionar asistencia técnica a los Estados Miembros.

Los exámenes (evaluaciones), cada cuatro años, son llevadas a cabo por el Grupo de Trabajo del EPU, compuesto por los 47 miembros del CDH-ONU, sin embargo, cualquier Estado Miembro de las Naciones Unidas tiene la posibilidad de participar en los diálogos con los Estados sometidos a revisión. Cada Estado bajo examen recibe asistencia de un grupo de tres Estados, llamados “troikas”, que actúan como relatores.

De conformidad con la ONU, las evaluaciones se basan en los tres documentos siguientes: i) los datos proporcionados por el Estado sujeto a revisión, que se pueden presentar como un “informe nacional”; ii) los datos derivados de los informes realizados por expertos y grupos independientes de derechos humanos, como los órganos de tratados (comités de vigilancia del cumplimiento de tratados internacionales), procedimientos especiales (mecanismos, comprendidos las observaciones y los comentarios formulados por el Estado interesado, y iii) la información exhibida por actores interesados, como instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones no gubernamentales, la cual puede ser utilizada por los Estados Miembros como referencia. Con base en la información proporcionada, las evaluaciones se llevan a cabo a través de una comunicación interactiva entre el Estado bajo revisión y otros Estados Miembros de las Naciones Unidas, el cual tiene lugar en una sesión de aproximadamente tres horas y media del Grupo de Trabajo del EPU y en donde cualquier Estado Miembro puede hacer preguntas, comentarios y/o recomendaciones a los Estados en evaluación.

Por tanto, el EPU evalúa el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas en materia de derechos humanos, derivadas de la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los tratados internacionales de derechos humanos suscritos y ratificados por los Estados Miembros y los compromisos voluntarios asumidos que cada Estado haya asumido.

De acuerdo con lo expuesto por el Grupo de Trabajo del EPU, México fue objeto de 318 recomendaciones enfocadas en la implementación y/o aplicación de políticas públicas en materia de derechos de migrantes y solicitantes de asilo; medidas para erradicar la violencia contra las mujeres y niñas; leyes y políticas públicas para erradicar la discriminación contra pueblos indígenas y afromexicanos, así como protección de periodistas y defensores de derechos humanos. También, la adopción y aplicación de políticas públicas para erradicar los desplazamientos forzados internos, garantizar la inclusión de las personas con discapacidad, combatir la trata de personas, la crisis en materia de desaparición forzada de personas y aquella cometida por particulares, así como la situación complicada y difícil en materia de identificación forense, entre otras temáticas.

Tales recomendaciones serán analizadas por las instancias correspondientes del Estado mexicano a fin de que, en fecha posterior, informen al CDH-ONU su respuesta y, en su caso, el seguimiento que darán para su cumplimiento.

No se debe pasar por alto que las temáticas referidas en el EPU para México son, en términos generales, las abordadas en las tres revisiones anteriores de febrero de 2009, octubre de 2013 y noviembre de 2018, lo que da cuenta de las acciones insuficientes realizadas por las autoridades mexicanas para poder avanzar en la prevención, protección, defensa y erradicación de violaciones a derechos humanos. El EPU busca el mejoramiento de la situación de los derechos humanos en los países miembros y, por tanto, busca que las obligaciones y los compromisos internacionales sean efectivamente cumplidos. No hay cabida para la simulación, el Estado mexicano debe asumir su responsabilidad en el cumplimiento de sus compromisos internacionales.

* Profesor universitario y especialista en derechos humanos