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Este 20 de diciembre concluye el plazo estipulado por la ley para que las empresas cumplieran con el pago del aguinaldo a sus trabajadores

*Sanción por no pagar aguinaldo puede llegar a los 481 mil pesos

Autoridades de la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo en Morelos exhortaron a los empleados que no han recibido dicha prestación a acudir a recibir asesoría en la Procuraduría de la defensa del Trabajo.

Ana Cecilia Rodríguez, titular de la dependencia, refirió que fue el 20 de diciembre la fecha límite que los patrones tenían para realizar los pagos y, en caso de no ocurrir, serán acreedores a una sanción económica que va desde los 24 mil hasta los 481 mil pesos, según lo determine la Dirección General de Inspección del Trabajo.

Señaló que en caso de ser vulnerados los empleados en este derecho “deben acudir a las instancias correspondientes a presentar una queja y se revisen los casos¨, recomendó.

El aguinaldo es una prestación establecida en la ley Federal del Trabajo, la cuál no debe ser menor a 15 días de salario o la parte proporcional al tiempo laborando, en caso de no cumplirse aún el año completo de trabajo.

Pie de Foto: La funcionaria de la SEDyT explicó que no se trata de una gratificación por parte de las empresas, es un derecho que tienen todos los trabajadores.

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