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¿Nuestras hijas e hijos tienen autonomía para tomar sus propias decisiones?

 

¿Cuántas veces cuando una niña, niño o adolescente (NNA) nos da su opinión sobre un tema de su interés, es ignorado por las personas adultas? Es decir, cuando expresan sus deseos de convertirse en médico o astronautas, tendemos a minimizar sus opiniones bajo la falsa idea de “es un niño, no sabe lo que quiere”.

Es común que los adultos los conciban como seres incompletos, con falta de capacidad e inteligencia para tomar sus propias decisiones y que, en consecuencia, necesitan de nuestra intervención para poder subsistir.

No me dejará mentir que como padres o madres, solemos “poner el grito al cielo” cuando escuchamos que quieren ir solos a algún lugar, realizar algún juego que sabemos puede ser peligroso, o que después con mayor edad, desean hacerse un tatuaje, una perforación o cambiarse el color del cabello.

Manifestamos inmediatamente nuestra decisión de no permitir ningún cambio que nos parezca perjudicial, y en algunos casos llegamos a decir “mi casa mis reglas” o “cuando seas adulto y ganes tu dinero tomaras tus decisiones”. Pero ¿son estos comentarios respetuosos de sus derechos?, ¿nuestras hijas e hijos tienen autonomía para tomar sus propias decisiones?, ¿cómo sabemos si tomarán buenas decisiones?

Entonces, ¿qué es la autonomía progresiva de la voluntad? Se entiende como la capacidad de los NNA de ejercer sus derechos a medida que se desarrollan mental y físicamente. Es decir, a temprana edad es muy difícil que los derechos sean ejercidos por ellos, por lo que, necesitan que los adultos velen por su cumplimiento, pero a medida que crecen, son capaces de poder ejercer con mayor independencia sus derechos, por ejemplo, el derecho de la participación.

No siempre fue así, durante casi un siglo, el derecho de los niños estuvo gobernado por el complejo tutelar donde se ocupaban únicamente de aquellos NNA considerados “irregulares”, es decir, aquellos que eran concebidos como peligrosos, abandonados o disfuncionales.

En este modelo, no era pensado como sujeto de derecho, sino que era definido por sus carencias y considerado objeto de protección y control por parte del Estado, las familias y la sociedad, quienes debían brindarles tutela y asistencia.

La Convención sobre los Derechos del Niño fue el primer instrumento que significó la modificación de esta perspectiva reconociendo que todos y cada uno de ellos, tienen los mismos derechos que un adulto, pero además son sujetos de derechos especiales por estar en una etapa de crecimiento, que necesita una protección especial.

En este sentido, ya no se les ve como objeto de protección por parte del Estado y de la sociedad de adultos, sino como sujetos de derechos originarios. La propia Convención sobre los derechos del niño establece en su artículo 5 lo siguiente:

“Los Estados Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la comunidad, según establezca la costumbre local, de los tutores u otras personas encargadas legalmente del niño de impartirle, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño ejerza los derechos reconocidos en la presente Convención.”

La Suprema Corte de Justicia de México, ha señalado que “el derecho de los padres a tomar decisiones por sus hijos se va desvaneciendo mientras el niño y/o niña, avanza en su desarrollo y autonomía”.

Pero ¿qué es lo que marca esta autonomía progresiva en los NNA? En ese sentido, el desarrollo cognitivo de cada NNA es lo que marcara su grado de autonomía. También se ha establecido que, interpretada a partir del interés superior del niño, debe entenderse que ellos “podrán tomar sus propias decisiones, siempre y cuando ello no afecte derechos de mayor entidad que su propia autonomía, en tanto la misma aún se encuentra en formación”.

Ahora bien desde el enfoque de los derechos humanos, tanto niñas como niños son titulares de los mismos derechos que una persona adulta por lo que es muy importante que, quienes están a cargo de su cuidado, valoren su capacidad para tomar decisiones por sí mismos, más allá de los prejuicios o estereotipos construidos sobre su capacidad.

Cuando son pequeños, es recomendable que les enseñemos a tomar decisiones para contribuir al desarrollo de su autonomía. Podemos empezar con cosas simples como dejándoles que elijan qué vestir, que juguetes llevar consigo, o a qué lugares acudir.

Cuando su decisión no pueda ser cumplida por ser contraria a su integridad o seguridad, debemos explicarle por qué y darles alternativas. Recordemos que la vida adulta no es un ciclo de premios-castigos sino de decisiones y consecuencias.

Todo esto, no implica aceptar todas sus opiniones y decisiones sin una valoración previa de las posibles consecuencias, sino más bien, prepararlos para que paulatinamente aprendan a tomar decisiones y evaluar las consecuencias de su conducta.

Es fundamental que quienes nos hacemos cargo del cuidado de NNA, tengamos información sobre su proceso de desarrollo, para que cada vez nos alejemos más de la idea de que la crianza es una tarea para conseguir disciplina y obediencia, y entender que es un proceso amoroso y flexible que promueve la libertad y la autonomía de nuestras hijas e hijos.

Y para concluir este artículo me gustaría dejar esta frase, que me parece muy significativa para el tema abordado:

“Ser niño no es ser “menos adulto”, la niñez no es una etapa de preparación para la vida adulta. La infancia y la adolescencia son formas de ser persona y que tienen igual valor que cualquier otra etapa de la vida” (Cillero Bruñol, 1999).

Nos leemos en la siguiente columna.

*Jueza de control, enjuiciamiento y ejecución especializada en adolescentes del Tribunal Unitario de Justicia Penal para Adolescentes