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Enrique Guadarrama López*

Es frecuente escuchar que se necesitan mejores esquemas de protección de los derechos humanos, pues la realidad ha rebasado a las normas, a las instituciones protectoras de derechos humanos y al Estado. Basta preguntar a la gente común para corroborar la percepción mayoritaria de esa aseveración
Pero ¿es cierto que estamos mal en la regulación legal, en el funcionamiento de las instancias de protección de derechos humanos y en el esquema de políticas públicas de los gobiernos en los tres niveles, federal, estatal y municipal? La respuesta no es nada sencilla, ni de un simple si o un no.
En todo caso, se debe iniciar el análisis con un planteamiento diferente: será que más que el ropaje legal, lo que se debe mejorar es el comportamiento institucional y de gobierno ante la problemática que vive la sociedad mexicana y que debe haber mayor empatía hacia las víctimas y hacia la sociedad civil que es pujante y exigente, en ocasiones intolerante, ante los constantes y prácticamente cotidianos casos de violaciones a derechos humanos y a la dignidad de las personas.
Será que una clave se encuentra en la mejoría de los esquemas procedimentales y los métodos de trabajo de las instancias de gobierno y de las comisiones publicas protectoras de derechos humanos. Lo que se requiere en el fondo es conseguir más y mejores resultados, en lo cuantitativo y en lo cualitativo, que satisfagan las expectativas y las demandas de los quejosos, agraviados y víctimas.
Es indudable que la sociedad es muy sensible a todo lo que ocurre con los derechos humanos. Lo que quiere la gente es que haya resultados visibles, medibles y verificables. Ya no le convencen cifras alegres o justificaciones en el actuar gubernamental. Tampoco están conformes con el trabajo que realizan muchas de las instituciones protectoras de derechos humanos y de quienes las encabezan. El activismo de la sociedad ha hecho que se supere la expresión “no se queje sino se queja”, que denotaba meras muestras de molestia de las personas, pero sin activar la maquinaria institucional.
Es comprensible la exigencia de la sociedad cuando en los esquemas de medición de organizaciones, nacionales e internacionales, ubican a nuestro país en lo general, y a las entidades federativas en lo particular, en lugares del ranking que a cualquier persona con un mínimo de decoro la llenaría de vergüenza.

Las autoridades federales, estatales y municipales están obligadas a realizar un ejercicio de autocrítica y asumir que han sido insuficientes las acciones, programas y esquemas de trabajo, en lo preventivo y en lo reactivo. Es cierto, en su mayoría, han buscado en la capacitación a los servidores públicos el antídoto para evitar que incurran en prácticas contrarias a derechos humanos; asimismo, han apostado por establecer en algunos casos protocolos de actuación, como una fórmula para uniformar el trabajo del día a día acorde a los estándares básicos de respeto a los derechos humanos.
Sin embargo, el faltante se encuentra en la ausencia de mecanismos de auditoría, verificación y seguimiento de esos esfuerzos. No basta impartir cursos de inducción a los derechos humanos y de apego a la legalidad, a quienes ingresan a trabajar, sino dar continuidad a esos esfuerzos institucionales mediante seguimiento puntual de quienes reciben los cursos, es decir, hacer evaluaciones periódicas y puntuales a cada servidor público e incluso impartir nuevos cursos que vayan más allá del conocimiento inicial de los derechos humanos. Se conocen casos en las comisiones de derechos humanos en los cuales se ha acreditado que servidores públicos que recibieron y aprobaron un curso en derechos humanos son responsables de violaciones de derechos humanos. Ahí se encuentra parte del meollo a solventar y resolver.
Otro faltante se tiene en la ausencia de un enfoque de derechos humanos en los procedimientos de investigación administrativa que se inician en contra de servidores públicos que en la Recomendaciones de las comisiones de derechos humanos son encontrados responsables de violar derechos humanos en casos concretos. Es incongruente y parece burla que luego de acreditarse su responsabilidad por violar derechos humanos, la dependencia en la que trabajan los exima de responsabilidad administrativa o les imponga una sanción menor, a veces un mero extrañamiento o amonestación.
Por lo que se refiere a las comisiones públicas de derechos humanos, es claro que la trascendente función que les imponen las constituciones federal y estatales exige cumplir con una serie de condiciones mínimas en cuanto al perfil de los defensores de derechos humanos, a la metodología de investigación de casos de violaciones a derechos humanos y a la emisión de Recomendaciones como instrumento central de su trabajo de defensa de los derechos humanos.
En las leyes reguladoras de las comisiones públicas se establecen los requisitos que deben cumplir sus titulares y demás personal que las integran, pero nada se señala respecto al perfil individual que deben cumplir en lo tocante a liderazgo, visión, compromiso real, estrategia y sensibilidad, que en circunstancias como las que ahora se viven en nuestro país y en diversas entidades federativas, resultan fundamentales para tener credibilidad institucional, como condición inicial para obtener resultados tangibles.
Por lo que toca a una metodología de investigación, en esas leyes reguladoras sólo se desarrollan los procedimientos de investigación a los que debe ceñirse el personal investigador, pero nada se señala respecto a un método o esquema de trabajo específico para lograr uniformar la actuación de los defensores de las comisiones de derechos humanos, en aras de una adecuada investigación a las autoridades señaladas como responsables de violaciones a derechos humanos.
A reserva de volver sobre este particular, hay que destacar que las comisiones públicas de derechos humanos cuentan con herramientas metodológicas e instrumentos legales para tener mayor firmeza de actuación y ser auténticamente autónomas frente a las autoridades. La principal de ellas es la facultad de interpretación; la premisa es la búsqueda de máxima protección a las víctimas y de dar mayor cobertura de protección de los derechos humanos.
Es importante que las comisiones públicas se convenzan de que su trabajo adquiere relevancia y reconocimiento social cuando lo llevan a cabo con genuina convicción por los derechos humanos. Lo contrario las conduce a un trabajo burocrático que las deslegitima frente a la sociedad y arroja resultados precarios en favor de los derechos humanos.
En el trabajo de los gobiernos y de las comisiones públicas de derechos humanos siempre hay retos a enfrentar y dificultades por superar. No puede haber pasividad ni conformismo, menos autocomplacencia. Es necesario avanzar en la ruta de los derechos humanos.

  • Investigador del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM

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