DE LOS DERECHOS HUMANOS. ASIGNATURAS PENDIENTES

(Primera de tres)

 

El próximo 10 de diciembre se cumplen 75 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, documento más traducido en el mundo y que constituye la hoja de ruta para los Estados Nacionales en la consecución de la libertad, la igualdad, la justicia y la paz en el mundo sobre la base del reconocimiento de la dignidad humana y los derechos humanos. Por ello se hace necesario dedicar ésta y las siguientes dos entregas para conocer el origen de esta importante declaración internacional, los derechos que reconoce, las asignaturas pendientes a partir de que constituye el plan de acción global para los países y su adecuación a las necesidades sociales actuales.

La Declaración fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París el 10 de diciembre de 1948 durante su sesión plenaria número 183, y es el resultado del compromiso que los Estados Nacionales asumieron después de la Segunda Guerra Mundial para no repetir las atrocidades cometidas en esa conflagración. Prácticamente a punto de finalizar el conflicto bélico mundial en 1945 -para la mayoría de los países terminó el 8 de mayo-, representantes de 50 países se reunieron en San Francisco, California, en la Conferencia de las Naciones Unidas el 25 de abril de 1945, habiéndose redactado en los dos meses siguientes la Carta de las Naciones Unidas y firmada el 26 de junio. Se trata del instrumento constitutivo de la Organización de las Naciones Unidas que entró en vigor el 24 de octubre del mismo año y cuyas finalidades, a 75 años de su creación, siguen siendo las siguientes: i) mantener la paz y seguridad internacionales, ii) fomentar relaciones de amistad entre las naciones, iii) lograr la cooperación internacional para solucionar problemas globales y iv) servir de centro que armonice las acciones de las naciones (artículo 1° de la Carta de las Naciones Unidas). A lo anterior, habría que agregar el cumplimiento de los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible que constituye un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad, además de fortalecer la paz mundial y el acceso a la justicia, por lo que plantea 17 Objetivos con 169 metas en los ámbitos económico, social y ambiental.

El artículo 68 de la Carta de Naciones Unidas dispone que “El Consejo Económico y Social establecerá comisiones de orden económico y social y para la promoción de los derechos humanos, así como las demás comisiones necesarias para el desempeño de sus funciones”. En tal virtud, dicho Consejo creó la Comisión de Derechos Humanos integrada por 18 representantes de los Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) de diversas formaciones políticas y culturales y a quienes se les encargó la elaboración de diversos instrumentos de protección de los derechos humanos de donde surgió el proyecto de Declaración.

Hacia el interior de la Comisión de Derechos Humanos, se creó una Comisión de Redacción conformada por 8 miembros: Eleanor Roosevelt de Estados Unidos, quien fungió como Presidenta de dicha Comisión, René Cassin de Francia, Charles Malik del Líbano, Peng Chun Chang de China, Hernán Santa Cruz de Chile, Alexander E. Bogomolov/Alexei P. Pavlov de la entonces Unión Soviética, Lord Dukeston/Geoffrey Wilson de Reino Unido y William Roy Hodgson de Australia. Lo anterior sin soslayar la especial relevancia de la intervención del director de la División de Derechos Humanos de la ONU, John Peters Humphrey.

La versión definitiva entregada a la Comisión de Derechos Humanos de la ONU fue redactada por René Cassin, siendo el caso que el proyecto remitido a los Estados miembros se conoció con el nombre de “borrador de Ginebra”. En este sentido, el proyecto primigenio de Declaración se propuso en septiembre de 1948, habiendo participado más de 50 países en su redacción final. Fue aprobada por 58 países de la Asamblea General el 10 de diciembre de 1948: 40 votos a favor, 8 abstenciones y 2 países ausentes al momento de la votación. Los votos a favor fueron de los países siguientes: Afganistán, Argentina, Australia, Bélgica, Birmania, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, China, Colombia, Costa Rica, Cuba, Dinamarca, República Dominicana, Ecuador, Egipto, El Salvador, Estados Unidos, Etiopía, Filipinas, Francia, Grecia, Guatemala, Haití, Holanda, India, Irak, Irán, Islandia, Líbano, Liberia, Luxemburgo, México, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Pakistán, Panamá, Paraguay, Perú, Reino Unido, Siria, Suecia, Tailandia, Turquía, Uruguay y Venezuela. Las ocho abstenciones correspondieron a Arabia Saudí, Bielorrusia, Checoslovaquia, Polonia, Sudáfrica, Ucrania, la entonces Unión Soviética y la antigua Yugoslavia, en tanto que los dos países ausentes fueron Honduras y Yemen.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos no es un tratado internacional, sin embargo, los valores fundamentales contenidos en ella han sido reproducidos en diversos instrumentos internacionales vinculantes para los Estados Nacionales que los han suscrito y ratificado. Son, por tanto, el común denominador que comparte la comunidad internacional y que han sido reiteradamente invocados, razón por la cual constituyen un derecho consuetudinario internacional. En el próximo artículo se hará referencia a los derechos reconocidos en esta importante declaración.

* Profesor universitario y especialista en derechos humanos