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Por Ismael Eslava Pérez*

El 7 de abril de cada año se celebra el a Mundial de la Salud para conmemorar el aniversario de la fundación -en 1948- de la Organización Mundial de la Salud (OMS, enfatizar que la salud es un derecho fundamental universalmente reconocido y propiciar el camino para acceder a una atención sanitaria de calidad en todas las naciones del mundo, particularmente en las poblaciones de escasos recursos. Cada año se escoge un tema de interés prioritario para la OMS que, en 2023, es Salud para todos, pero habría que reflexionar sobre lo ¿Qué implica el derecho a la protección de la salud y cómo se garantiza su ejercicio?

La Observación General 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, reconoce a la salud como un derecho indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos y considera que, para hacerlo efectivo, se requiere de acciones complementarias entre sí. Ello significa que el trabajo de las instancias de gobierno y del Estado no se limita a la atención de las enfermedades y el suministro de medicamentos, sino que debe dirigirse a la ejecución de medidas integrales encaminadas a contar con una infraestructura hospitalaria adecuada, capacitar de forma permanente al personal médico, de enfermería y administrativo para proporcionar un trato digno, promover el autocuidado de la salud, garantizar el acceso a la información para posibilitar la toma de decisiones por parte de las y los titulares de los derechos, entre muchas otras. El propio Comité ha observado que, para garantizar el derecho a la protección de la salud, los servicios de atención deben ser cultural y geográficamente accesibles y disponibles. 

Es prioritario garantizar el cumplimiento de obligaciones básicas en el ámbito de la prestación de los servicios de salud, entre ellas, asegurar que las unidades cuenten con el número suficiente de personal médico, especialistas y personal de enfermería para cubrir la demanda, así como con los recursos materiales y medicamentos, sobre todo en zonas rurales, ya que la falta de esos elementos propicia casos de inadecuada atención y violaciones a derechos humanos de las y los usuarios.

También es necesario incrementar la infraestructura en salud con especial énfasis en el primer nivel de atención relativo a la prevención de enfermedades y atención ambulatoria a la morbilidad más frecuente, y mejorar su distribución con base en las necesidades de la población, priorizando a las comunidades rurales. Además, debe considerarse que la expansión de la oferta de servicios debe realizarse no sólo en atención a un criterio territorial, sino a través del diseño de una adecuada planeación de la infraestructura sanitaria de manera que se consideren los requisitos de accesibilidad, asequibilidad y calidad para toda la población, con independencia de la localidad de que se trate.

Resulta indispensable ejecutar acciones permanentes de formación, capacitación y sensibilización para el personal de salud que interviene en la atención de las mujeres durante el embarazo, parto y puerperio; erradicar la discriminación y estigmatización de las personas usuarias, familiares y acompañantes de los servicios de salud pública; en materia de integración y manejo de los expedientes clínicos y, desde luego, sobre trato digno y derechos humanos, sin soslayar la importancia de instrumentar el expediente clínico electrónico que permita su utilización en todo el sistema nacional de salud.

En síntesis, es preciso contar con un sistema de salud pública equitativo, eficiente, sustentable, de alta calidad, unificado y universal, y donde el acceso esté determinado por la necesidad y no por la situación laboral, toda vez que son múltiples las diferencias en la accesibilidad y calidad de los servicios de salud entre los sectores público y privado, entre las instituciones públicas, en el interior de una misma institución y entre las diferentes entidades federativas; un sistema de salud pública que tenga como objetivo primordial la construcción de un nuevo modelo de atención a la salud que garantice el acceso universal de la población, y que esté basado en un enfoque preventivo, haciendo uso óptimo de los recursos económicos y sanitarios disponibles, bajo premisas de planeación integrales; un sistema de salud pública que garantice la accesibilidad, disponibilidad y calidad de la atención de la salud en todas las regiones, en particular en las zonas rurales y remotas, a partir de la premisa de que los servicios de atención deben ser cultural y geográficamente accesibles y disponibles.

El Estado mexicano debe transitar de una visión donde las políticas de salud se dirigen únicamente a paliar carencias sociales, a una encaminada a la garantía plena de los derechos humanos, para lo cual se requiere de un nuevo enfoque en la recaudación, asignación y ejercicio de los recursos públicos, que privilegie la atención de los problemas estructurales del Sistema Nacional de Salud Pública, priorice la atención de los sectores más vulnerables, y establezca mecanismos adecuados para asegurar la sostenibilidad financiera, el incremento progresivo de la cobertura y la calidad de los servicios de salud.

* Especialista en derechos humanos y profesor universitario

Para resaltar 

La Observación General 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, reconoce a la salud como un derecho indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos y considera que, para hacerlo efectivo, se requiere de acciones complementarias entre sí.

…es preciso contar con un sistema de salud pública equitativo, eficiente, sustentable, de alta calidad, unificado y universal, y donde el acceso esté determinado por la necesidad y no por la situación laboral