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Gabriela Mendizábal Bermúdez* y Yaril Díaz Castañeda**

Ningún ser humano es ilegal. Su situación migratoria puede ser regular o no. La migración es parte de la historia de la humanidad y surge de la búsqueda de mejores condiciones de vida. Esta práctica ha ido evolucionando, convirtiéndose en lo que ahora conocemos como un fenómeno que supone muchos retos para la sociedad actual y las autoridades encargadas de su regulación.

Tal es el caso de Italia que, desde el mes de abril del año en curso, decretó estado de emergencia por las olas migratorias que se presentaron, pues hasta ese momento habían recibido 31,000 migrantes con situación migratoria irregular, cuatro veces más que el año anterior (Euronews) y, a mediados del mes de septiembre en Lampedusa se vio una ola de más de 7000 migrantes en tan solo dos días, cantidad que supera el número de habitantes de la isla.

Debemos señalar que, Italia es un país que ha integrado a los trabajadores migrantes regulares pertenecientes a la Unión Europea a su sistema de seguridad social, a través de un esquema que promueve la cooperación de este sector con la economía nacional (Ministerio de inclusión, seguridad social y migraciones de la Unión Europea) y que esta integración ha tenido un impacto positivo, sobre todo en la rama de pensiones, pues solo en el año 2017 se reflejó la sostenibilidad de 600,000 pensiones a través de las aportaciones de la comunidad trabajadora migrante (CNN español).

No obstante, la actual crisis en Italia ha generado preocupación en varios países de la Unión Europea, a tal grado que se llevó a cabo una reunión en la cumbre mediterránea después de los acontecimientos. Durante esta reunión se presentó un plan estratégico que consta de 10 puntos de acción, entre los cuales se destacaron: prevenir la salida de migrantes con situación migratoria irregular desde sus lugares de origen; frenando las embarcaciones antes de su salida y en su caso, devolver a sus países de origen a aquellas que logren zarpar y restringir las solicitudes de asilo (France 24), es decir, una completa política de contención que abre un abismo enorme entre las condiciones de los migrantes regulares y aquellos a quienes se les pretende negar la posibilidad de obtener un estatus regular en Italia. Lo que refleja la diferencia de trato entre migrantes con situación migratoria regular e irregular.

En el caso de México es importante señalar que, nuestro país se ha enfrentado a la migración desde hace muchos años y precisamente en el pasado mes de septiembre, se presentó lo que la Organización de las Naciones Unidas denominó una ola migratoria sin precedentes,(1) compuesta por migrantes centroamericanos llegando a la frontera sur de nuestro país. En un comunicado del Instituto Nacional de Migración (Opinión Migración 280923) se señala que a la par, en Estados Unidos de América se registraron 142,000 detenciones de migrantes que cruzaron por México (solo en la primera mitad del mes de septiembre), y durante la última semana del mismo mes, se observó el cruce de miles migrantes al país vecino del norte, atravesando cercos de púas y navajas colocadas en los límites con México, cercos por donde también pasaron niños, situación que se puede observar en los videos que inundan los medios de comunicación y redes sociales y que resulta por demás indignante. En relación con estos hechos el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció una reunión en el mes de noviembre con el presidente de los Estados Unidos para atender el tema migratorio.

Ahora bien, en el caso de los migrantes irregulares que se encuentran en tránsito por México, estos no tienen acceso a la seguridad social en nuestro país, pero debido a los riesgos que enfrentan durante su desplazamiento, se les otorga, a través del plan de atención integral a la salud de la población migrante, el acceso a refugios temporales, módulos de atención y unidades de salud, así como atención médica prehospitalaria y psicológica, vigilancia sanitaria y salud pública asimismo, el artículo cuarto inciso K de la Ley de asistencia social contempla a los migrantes como beneficiarios de este rubro. Cabe aclarar, que la Opinión Consultiva OC-18/03 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos señala que: “No se debe establecer diferencia alguna con respecto a su estatus migratorio y por lo tanto, tendrán derechos laborales y, derivado de estos, el derecho a la seguridad social, y no otorgar estas prerrogativas es contrario a cualquier política migratoria, pues estás deben prever los alcances de la protección de la comunidad migrante”.

Atendiendo a la situación actual de las migraciones tanto en México como en Italia, es esencial que, en las futuras reuniones entre México y Estados Unidos, así como en las que sostenga la cumbre mediterránea, se tomen en cuenta los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, que garantizan el derecho de las personas a moverse libremente, elegir su lugar de residencia y buscar asilo si su seguridad se ve amenazada. Lejos de centrarse en medidas restrictivas, los países de origen deben implementar políticas que aseguren el bienestar social de sus ciudadanos, mientras que los países receptores deberían promover políticas inclusivas que permitan el acceso a la seguridad social para este grupo social en estado de vulnerabilidad.

1: Noticias ONU, Oleada sin precedentes en México y Centroamérica exige estrategia regional, 27 de septiembre de 2023, https://news.un.org/es/story/2023/09/1524412Principio del formulario

*Profesora Investigadora de Tiempo Completo de la FDyCS de la UAEM.

**Estudiante de la maestría en Derecho de la Facultad de Derecho y CS de la UAEM.

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