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Víctor Villarreal Cabello*

El sistema de asilo y refugio fue creado con la intención de brindar protección jurídica a las personas que sufrieron los estragos de la Segunda Guerra Mundial. Algunos discursos antiinmigrantes en todo el mundo dicen que el migrante “se aprovecha” de este sistema para movilizarse a través de las fronteras. En ese tenor se pretende responder dos preguntas ¿Cuál es la diferencia entre migrante y refugiado? Además ¿El sistema jurídico se pone a merced de las personas que quieren migrar o al servicio de un sistema de contención global? A continuación, algunos apuntes.

La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados o la Convención de Ginebra de 1951 dice en su artículo 1, punto 2 que no se le puede negar la condición de refugiado a las personas que justifiquen el “temor fundado” que es la medida por la cual una persona en proceso de movilidad pasa de ser migrante a refugiado. Los temores fundados pueden ser la persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social y opiniones políticas.

Estos instrumentos jurídicos han tratado de ser ampliados por diversos mecanismos internacionales. Sin embargo, llama la atención que ninguno de los documentos, incluyendo el de Ginebra de 1951 es vinculante a las legislaciones nacionales que firman. Aunque regímenes regionales e internacionales han intentado ampliar las razones del “temor fundado” no han logrado siquiera la firma de países de inmigración.

La diferencia entre el refugiado y el migrante es que al refugiado no se le puede retornar o poner en peligro por el principio de “no retorno” o se estaría violando sus derechos humanos. El refugiado tiene derecho a bienes muebles e inmuebles, derecho a propiedad intelectual e industrial, derecho de asociación, a tribunales y el empleo remunerado. Mientras que el estado legal del migrante no goza de ninguno de estos “privilegios”, si así se les puede llamar, legales. Ser migrante es un proceso de movilidad, ser refugiado es un estatus legal que permite el goce de derechos vitales.

Existe una discusión sobre cómo las personas en proceso de movilidad pasan de ser migrantes a refugiados. Por una parte, se enuncia el uso autónomo o la agencialidad de las personas en proceso de movilidad pues implica una serie de acciones complejas para poder acceder a dicho status legal. Por otra parte, se hace referencia a que esta acción presupone una ilegalidad o un “abuso” del sistema de asilo y refugio, muchos migrantes construyen narrativas alrededor de las razones que brindan el estatuto de refugiado o asilado.

Sobre la cooptación del sistema de asilo y refugio como un sistema de contención selección migrante se hace a través de diversas estrategias como las tecnologías que instalaron una red de contención material y cultural como el CBP ONE. Además, la construcción de terceros países de asilo de jure y de facto son formas a través del establecimiento de la espera en otros espacios. Así se coopta al sistema de asilo y refugio. Lo que dificulta y coloca más fronteras alrededor de un sistema de deportación global.

Sobre el “abuso” del sistema de asilo y refugio se debe apuntar que muchas personas migrantes construyen narrativas o historias que les permitan el ingreso a este estatus legal migratorio que, además de brindarles la oportunidad de trabajar, trae consigo la permisión legal o el soporte de su estadía en dicho país por el principio de non refoulement (no retorno) que argumenta que el solicitante de asilo no puede ser devuelto a un país peligroso o del que emigró por el temor fundado.

Ese “temor fundado” debe de ser justificado y ahí es donde se construyen narrativas o historias sobre violencia, persecución política, religiosa o guerra. Esta “construcción de narrativas” no suele ocurrir en todos los casos y no deben de menguar los esfuerzos jurídicos por ensanchar las razones de temor fundado como las situaciones económicas y políticas. En todo caso es el único espacio jurídico que permite el establecimiento formal de personas en otro territorio. Aunque, la calidad de asilo también tiene sus desventajas, como ya lo mencionó Hanna Arendt, pero ese no es tenor de este texto. Quizá para otra ocasión.

Más allá de una discusión moral entre la agencialidad y el abuso o la autonomía y la ilegalidad. Es interesante conocer los procesos, interacciones y estrategias que usan las personas en proceso de movilidad y la construcción de sistemas de contención en todo el mundo. En tanto que ambas son termómetros del proceso de contención internacional fronterizo y de las estrategias humanas frente a estas otras fronteras.

*Milpaltense, internacionalista, escribiente y migrantólogo.