loader image

 

Ayer el Congreso aprobó la iniciativa de la diputada Verónica Anrubio Kempis, para prohibir y sancionar la “mendicidad ajena” infantil a nivel estatal y municipal. Como se explica en la iniciativa “se entiende por explotación de la mendicidad ajena, obtener un beneficio al obligar a una persona a pedir limosna o caridad contra su voluntad, recurriendo a la amenaza de daño grave, un daño grave o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, o el engaño”.

Nos congratulamos de que los legisladores morelenses no pierdan de vista a los niños que son orillados a mendigar en nombre de sus padres o, peor, obligados por un tercero. Sin embargo, nos debe llamar la atención que necesitemos una ley tan explícita como ésta a pesar de que los derechos infantiles y la aproximación de los menores de edad a la esfera laboral -finalmente, al mendigar, los menores reciben un estipendio- están contempladas desde la Constitución General y que ayer celebró más de cien años de vigencia.

Nuestro país también se ha adherido a múltiples acuerdos y convenciones internacionales, que se han ocupado del tema insistentemente desde 1919, con la creación de la Organización Internacional del Trabajo. En México, se ha procurado hacer explícita la protección a la niñez; en 1973 se modificó la Ley Federal del Trabajo en ese sentido y todavía en 2021 esa misma ley fue afinada de nueva cuenta para evitar el trabajo infantil y garantizar la protección de los derechos de la infancia en México.

Al parecer, de poco han servido tal cúmulo de leyes pues, en 2022, en su Encuesta Nacional de Trabajo Infantil (ENTI) -que, por cierto, no debería existir si las leyes se aplicaran estrictamente- publicado en octubre de 2023, se calculaba que en nuestro país existen 2.3 millones de personas entre 5 y 17 años de edad que trabajan, eso es el 8.2 por ciento de ese sector de la población. De esos 2.3 millones la mayoría -2.1 millones- realizaba algún tipo de ocupación no permitida, es decir, que realizaban su “trabajo” en un ambiente hostil que vulnera sus derechos como menor. Esta situación coloca a nuestro país como el que ocupa al mayor número de menores de edad en el continente americano y no solo eso, se calcula que entre 2019 y 2022 este fenómeno ha crecido en un 14 por ciento.

En Morelos trabaja poco más del 10 por ciento de los menores de entre 5 y 17 años y el 5.9 por ciento de ellos lo hacen en ocupaciones no permitidas. De acuerdo a la ENTI los menores se han visto en la necesidad de trabajar, entre otras causas, porque su hogar necesita de su aportación económica o de su trabajo.

En este sentido, el caso de la mendicidad se considera un tipo de explotación infantil, pero esto no lo entienden así todos: de acuerdo a una encuesta de World Vision Mexico, el 17 por ciento de las personas no consideran que el trabajo infantil sea un tipo de violencia contra los menores.

Los niños deberían poder seguir siendo niños, estudiar, jugar y desarrollarse plenamente, no cargar con el peso de una responsabilidad económica desde los cinco años.

Bienvenida cualquier norma que proteja a la infancia morelense, pero, como siempre, ahora falta la parte complicada: hacer que se aplique la ley y también la parte más difícil: conseguir que las familias de nuestro estado, y de todo México, no tengan la necesidad de poner a trabajar a sus niños.